Permanencia en telefonía: qué es, cuánto cuesta salir y qué dice la ley
La permanencia en móvil, fibra y paquetes: duración máxima de 24 meses, qué consta en el contrato, qué pasa al prorrogarse y dónde reclamar.
Equipo editorial de ContratarZona. Revisado el .
La permanencia es el compromiso de mantener el contrato un tiempo a cambio de ventajas. La Ley 11/2022 limita la duración de los contratos de telefonía e internet a 24 meses para consumidores. Lo que cuesta irse antes debe figurar en el resumen del contrato que el operador entrega antes de contratar.

La permanencia aparece en casi cualquier oferta de fibra o móvil con descuento, y suele leerse tarde. Esta guía recoge qué dice la norma sobre su duración y su información, y qué conviene mirar en el contrato. No incluye importes de ninguna compañía: dependen de cada contrato y cambian.
Qué es la permanencia
Es el periodo mínimo que te comprometes a mantener el servicio. Normalmente va unida a una ventaja: un descuento en la cuota, el alta sin coste, un móvil financiado o un router. Si te das de baja antes de que acabe, el contrato puede prever un coste. Ese coste, y no la palabra «permanencia» en el anuncio, es lo que importa.
Cuánto puede durar
La Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones, dice en el artículo 67.7 que los contratos entre consumidores y operadores de comunicaciones electrónicas no tendrán un periodo de vigencia superior a 24 meses. La misma duración se aplica a microempresas, pequeñas empresas y organizaciones sin ánimo de lucro, salvo que renuncien expresamente.
Hay una excepción: no cuenta como contrato de 24 meses el pago a plazos que se pacte en un contrato aparte, solo para desplegar una conexión física (por ejemplo, la instalación de la fibra). Ese contrato a plazos no puede incluir terminales como routers o módems.
Qué debe decirte el operador antes de contratar
El artículo 67.2 obliga al operador a entregar un resumen del contrato, conciso y fácil de leer, antes de que quedes vinculado. Entre otros puntos, debe incluir:
- los precios totales con impuestos y tasas,
- la duración del contrato y las condiciones de renovación,
- las condiciones para pedir la baja, los costes asociados y las posibles penalizaciones por rescindir,
- las velocidades, en el caso de internet.
Según el artículo 67.3, esa información forma parte del contrato. Si el coste de salir no consta en el resumen, es la primera pega que puedes poner por escrito.
Qué pasa al terminar el periodo
Cuando se cumple la vigencia, el contrato se prorroga automáticamente por el mismo periodo. Pero, según el mismo artículo 67.7, tras esa prórroga puedes rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, sin más coste que el del servicio durante ese mes. Antes de la prórroga, el operador debe avisarte de forma notoria y en soporte duradero de que acaba el compromiso, cómo darte de baja y cuáles son sus mejores tarifas; esa información sobre tarifas debe darte al menos una vez al año.
Cuánto cuesta irse antes: qué fija la ley y qué no
El artículo 67 de la Ley 11/2022 no fija un importe general de penalización por baja anticipada sin causa: lo que se aplica es lo pactado, y el operador está obligado a hacerlo constar en el resumen del contrato (art. 67.2). La norma general de consumo sí pone un límite: según el artículo 62.5 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, si el usuario incumple la permanencia, la penalización por baja prematura será proporcional al número de días no efectivos del compromiso. Más en penalización por baja anticipada. Por eso, antes de firmar, localiza esa cifra y cómo se calcula. Si al irte te piden algo distinto de lo que consta, reclama primero al operador y guarda la respuesta.
Sí hay casos con regla expresa:
Situación | Qué dice la ley |
|---|---|
El operador anuncia un cambio de condiciones | Puedes rescindir sin coste adicional, salvo cambios en tu beneficio, meramente administrativos o impuestos por norma. Debe avisarte con al menos un mes de antelación y tienes un mes desde el aviso para hacerlo (art. 67.8). |
Tienes derecho a rescindir antes de que acabe el periodo | No debes pagar compensación, salvo por el terminal subvencionado que conserves. Si lo conservas, la compensación no puede superar su valor prorrateado o lo que quede de la cuota del servicio, la cifra que sea menor (art. 67.10). |
Paquete de servicios y causa de rescisión en uno de ellos | Si puedes rescindir un elemento por falta de adecuación al contrato o por incumplimiento, puedes rescindir todo el paquete (art. 71.2). |
Añades un servicio o un equipo al mismo operador | No amplía el periodo original, salvo que lo aceptes expresamente al contratarlo (art. 71.3). |
Qué mirar en el contrato antes de firmar
- Los meses de permanencia y si hay una por la fibra y otra distinta por el móvil o el terminal.
- Cómo se calcula el coste de baja anticipada y desde cuándo.
- Si el terminal se paga a plazos y qué ocurre con las cuotas pendientes al irte.
- Qué cuota pagas cuando acaba la promoción y si coincide con el fin de la permanencia.
- Que el resumen del contrato lo has recibido antes de aceptar.
Si el operador no cumple
La vía es, primero, reclamar al propio operador. Según el portal Usuarios Teleco, si en un mes no responde o la respuesta no te satisface, puedes acudir en tres meses a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, que tiene seis meses para resolver. Guarda el número de referencia de cualquier gestión telefónica.
Información general, no asesoramiento jurídico. Norma consultada en el BOE el 29 de octubre de 2026 (texto consolidado, última actualización publicada el 27/12/2025).
Fuentes consultadas
- Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones (arts. 67, 71 y 78), BOE, texto consolidado (boe.es, leída el )
- Real Decreto Legislativo 1/2007, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (art. 62.5), BOE, texto consolidado (boe.es, leída el )
- Usuarios Teleco (Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones): reclamaciones de telefonía e internet (usuariosteleco.digital.gob.es, leída el )